Plan de Actuación Urbanizadora Sector Z-12 de Chozas de Canales. (Toledo)

A continuación le presentamos un relato secuencial y cronológico de todo el proceso seguido con la Tramitación del PAU.

Cada hecho está acreditado con su documento que puede ser leído e impreso por cualquier persona interesada en el Procedimiento, que con la documentación en la mano, podrá hacer su propia valoración.

El PAU se inició con la presentación el
30 de Julio de 2004, se presento la documentación preceptiva. Se aprobó inicialmente el 15 de Abril de 2005, se hicieron todos los trámites legales exigibles con los informes de los correspondientes Organísmos Oficiales, que, lógicamente, y aunque se pretenda hacer creer lo contrario, son previos a la Aprobación Definitiva que se produjo, dicha Aprobación DEFINITIVA, por UNANIMIDAD (PSOE y PP) en el Pleno Municipal de fecha 20 de Diciembre de 2006. Está publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha, el 1 de Febrero de 2007, hace más de 9 meses "SIN ALEGACIÓN ALGUNA", ni del Ayuntamiento, ni de la Junta de Comunidades, ni de ningún otro particular ni Organismo Público ni Privado.

En cumplimiento de lo acordado en el citado Pleno, se presentó Proyecto de Urbanización el 26 de Junio de 2007, en desarrollo del Anteproyecto aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Chozas de Canales. En cumplimiento de la legalidad vigente, se presentó: Direcciones Técnicas y Coordinación de Seguridad del Proyecto, asi como AVAL BANCARIO POR IMPORTE DE 497.634,20 EUROS, para responder de las Obras de Urbanización del PAU Z-12

Las obras han sido paradas el pasado día 8 de Noviembre de 2007, desde nuestro punto de vista, de manera injustificada, intencionada, y sin ser ajustado a derecho, por lo que, estamos defendiendo y defenderemos hasta el final, nuestro derecho y el de nuestros clientes, por las vías legales que sean menester. Se ha presentado ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, el pertinente Recurso Contencioso, y la Interposición de Medidas Cautelares Urgentes para el levantamiento del la suspensión de la Obras por el Ayuntamiento de Chozas de Canales.

Los hechos secuenciales detallados, se los presentamos a continuación, con la documentación que avala lo expuesto, a saber:


  • Como todo Plan de Actuación Urbanizadora lleva un largo trámite administrativo legal que se inicia hace más de 3 AÑOS, con la presentación de los Planos y Documentos que componen el PAU (Plan Parcial y Anteproyecto de Urbanización) de los que fueron presentados 3 ejemplares ante el Ayuntamiento de Chozas de Canales el 30 de Julio de 2004 (Doc. 1).

  • Con fecha 16 de Agosto de 2004 la Dirección General de Patrimonio resuelve informar favorablemente el Estudio de Impacto sobre el Patrimonio Arqueológico. Del PAU Z12 (Doc 2)


  • Con fecha 17 de Septiembre de 2004 se presenta ante el Ayuntamiento, la Propuesta Jurídico Económica (Doc.3)


  • El 1 de Octubre de 2004 se encargan los trabajos de ingeniería para los sondeos de Agua y construcción de toma subterránea. (Doc 4)


  • El día 17 de Febrero de 2005 se presenta el Estudio de Impacto Ambiental Previo (Doc.5)


  • El 29 de Marzo de 2005 se presenta ante el Ayuntamiento una Adenda para la subsanaciones requeridas respecto del Estudio de Impacto Ambiental (Doc_6)


  • En el Pleno del Ayuntamiento de Chozas de Canales del día 15 de Abril de 2005 se acuerda por unanimidad de la Corporación (PSOE y PP) la Aprobación Inicial del PAU Z-12 (Doc_7--2 Pag.)


  • Los diferentes documentos y requerimientos son presentados, siempre, ante el Ayuntamiento, y es el propio Ayuntamiento, el Organismo principal, encargado de tramitar con las distintas Administraciones, los diferentes informes y permisos.


  • Tras numerosos trámites durante los que se subsanaron las carencias que se nos requirieron, y tras esperas a los organismos para que emitieran sus informes y recomendaciones, vistos y analizados dichos informes, el Ayuntamiento en Pleno, nuevamente por UNANIMIDAD (PSOE y PP) acuerda, en sesión de fecha 20 de Diciembre de 2006, la APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA Z-12, de acuerdo con la Alternativa Técnica presentada por FLOS INVERSORA, S.L.. (Doc. 8)


  • En el mismo Pleno, igualmente se acuerda, "Seleccionar la única Propuesta Jurídico Económica presentada haciéndole saber al interesado que deberá presentar Proyecto de Urbanización...". También se acuerda Inscribir el PAU en el Registro Administrativo de Programas de Actuación Urbanizadora de la Consejería de Vivienda y Urbanismo de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, así como la Publicación del Acuerdo en el Diario Oficial de Castilla La Mancha. (Doc 8)


  • En el Diario Oficial de Castilla La Mancha de fecha 1 de Febrero de 2007 fue publicada para el sometimiento a Información Pública, la referida Aprobación definitiva. (Doc. 9 - 2 Pag.), sin que, transcurridos más de 10 meses, a fecha de hoy, Noviembre de 2007, haya habido ninguna alegación, por parte de particulares, personas jurídicas ni Organismos Oficiales. Luego, transcurridos dos meses desde su publicación sin alegación alguna, se considera firme la aprobación definitiva del PAU Z12., y la adjudicación del derecho a urbanizar.


  • Tras esta Publicación y transcurrido un tiempo para las alegaciones, mientras el trámite de visado por el Colegio Oficial de Arquitectos, del Proyecto de Urbanización del PAU Z-12, dan comienzo las obras.

  • En Junio de 2007 se finalizó el estudio geotécnico de los terrenos comprendidos en el PAU Z-12 (Doc_10). (Son las primeras paginas. El documento completo es de 256 paginas que está a su disposición en nuestras oficinas)

  • El 26 de Junio de 2007, se presenta, ya visado por el Colegio de Arquitectos, el PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL PAU, que se ajusta fielmente al Anteproyecto aprobado el 20 de Diciembre de 2006. (Doc_11).

  • El Día 6 de Julio de 2007,  enviado por Fax, y presentado en registro el día 9, le comunicamos al Ayuntamiento, el paro de cualquier trabajo que estuviera realizándose en el PAU Z-12 hasta la aprobación del Proyecto de Urbanización. Esta orden la damos de forma voluntaria sin haber recibido ningún requerimiento hasta esa fecha. Solo habíamos recibido un requerimiento para parar un movimiento de tierras que estaba haciendo otra de nuestras empresas en la segunda fase del Polígono Industrial. Polígono que, a pesar de nuestra voluntad de inversión para la construcción de más de 150 naves industriales, y a pesar de estar aprobado el Proyecto en la consulta previa, el Ayuntamiento también ha paralizado los trámites para el desarrollo industrial. (Doc_12)

  • Con fecha de registro, curiosamente el mismo día 6 de Julio de 2007, aunque, supuestamente, firmado el día 5, y sorprendentemente recibido el día 12 de Julio de 2007, el Alcalde nos comunica su decreto de paralización y suspensión de las obras de movimiento de tierras del PAU Z-12 (Doc_13). Decimos sorprendentemente porque es el único documento que hemos recibido con tanta dilación. Los demás se reciben uno o dos días más tarde de su registro o incluso alguno es traído en mano por el Policía Municipal a nuestras oficinas en Toledo.

  • Durante este tiempo, y a la espera de la aprobación del Proyecto de Urbanización, como seguramente conocen, mantenemos paradas las obras.

  • Transcurridos más de 2 meses, sin que el Ayuntamiento hubiera iniciado, ni siquiera el procedimiento administrativo que, por ley, debe llevar la aprobación de estos Proyectos, y, a pesar de habérselo recordado en varias ocasiones presencialmente en diversas reuniones, el 7 de Septiembre de 2007, presentamos escrito, razonado y fundamentado, anunciando la procedencia del silencio administrativo positivo y por tanto, al haber cumplido nosotros con los requisitos legales, le anunciábamos que en breve, pondríamos a su disposición aval bancario para garantizar las obras de Urbanización, momento en el que daríamos comienzo a los trabajos. (Doc_14).

  • Igualmente, y adjunto al documento anterior, se presentan Dirección Técnica de Aparejador y nombramiento de Coordinador de Seguridad de las Obras. (Doc_15) y (Doc_16).

  • El día 18 de Septiembre de 2007, sin haber recibido contestación alguna al escrito anterior, presentamos el Aval Bancario mencionado en el documento anterior, por importe de 497.634, 20 €, y ponemos en su conocimiento el INICIO DE LAS OBRAS. (Doc_17--2 Pag.).

  • Con fecha 25 de Septiembre de 2007, recibimos escrito del Alcalde recordándonos que ya nos comunico decreto de paralización y que, unilateralmente, no considera aprobado el proyecto de urbanización. (Doc_18).

  • El Día 26 de Septiembre de 2007, mantenemos una reunión, el Administrador y varios representantes de nuestra empresa  con el Alcalde y varios concejales del Partido Popular, (Anteriormente, ya se habían producido, otra reunión con el Administrador y otras 3 con representantes de nuestra Empresa). En la citada reunión el Alcalde niega cualquier persecución o rencilla personal por su parte, y alega para justificar el retraso, su inexperiencia y necesidad de asesoramiento antes de iniciar el expediente de Aprobación y manifiesta su intención y "buena voluntad", de hacerlo en breve. Por nuestra parte se le indican los perjuicios que esa "inexperiencia" están causando a nuestra Empresa, y sobre todo, a los numerosos CLIENTES, que, como terceros de buena fe, se están viendo afectados, y a su vez nos pusimos a su disposición para cuanto fuera menester.

  • El 31 de Octubre de 2007, como muestra de esa buena voluntad y rapidez mencionada, recibimos Resolución del Alcalde donde se nos comunica la EJECUCIÓN FORZOSA DE PARALIZACIÓN Y PRECINTO DE LAS OBRAS, y sorprendentemente, al igual que si fuera un embargo, también el precinto de inmuebles y maquinaria, para el día 8 de Noviembre a las 10:00 h. (Doc_19). En este escrito se puede comprobar que recibimos la notificación de paralización el 12 de Julio, 6 días después de notificar nuestro paro voluntario (Doc_12), que, por cierto, se menciona el nº de Registro de nuestro escrito, pero, tal vez intencionadamente, no se menciona la fecha, porque pondría en evidencia que fue anterior a su decreto, y por tanto, fue dictado a pesar de no existir ya el motivo. Además no se menciona, intencionadamente, u olvida, nuestro escrito de comunicación de inicio de las obras ni la presentación de Aval  (Doc_17--2 Pag.). y por el contrario, se indica que el Policia Municipal comprueba que se realizan obras el 19 de Octubre de 2007, como si de obras clandestinas se trataran y no cumplieran los requisitos legales, perfectamente presentados y documentados por nosotros ante el Ayuntamiento el 18 de Septiembre de 2007.

  • El 5 de Noviembre de 2007, EN NUESTRA LEGÍTIMA DEFENSA, presentamos RECURSO DE REPOSICIÓN, donde alegando y razonando todos nuestros Derechos, le indicábamos que, en caso de persistir y llevarse a cabo el precinto, "NO SOLO SE HABRÁ DICTADO UNA RESOLUCIÓN INJUSTA DE FORMA DOLOSA E INTENCIONADA, SINO QUE SE HABRÁ EJECUTADO UN ACTO CON MALA FE, SIENDO SABEDOR DE ELLO LA PROPIA AUTORIDAD QUE HA DICTADO Y ORDENADO LA EJECUCIÓN FORZOSA". (Doc_20). (Importante leer)

  • El día 7 de Noviembre de 2007, fechado a las 14:36 h. recibimos un FAX del Ayuntamiento de Chozas de Canales, donde, se nos comunica, ¡¡ POR FIN !!, tras 4 meses y medio, EL INICIO DEL EXPEDIENTE, y la contestación DESESTIMATORIA, al Recurso presentado por nosotros, donde uno de sus argumentos es, que no cabe admitir nuestro recurso, porque ya se había iniciado el Expediente (¡¡INCREIBLE!!). Nuevamente, se produce una "ilustrante" curiosidad en las fechas. El inicio del Expediente está firmado el día 7, y tiene registro de salida el día 7, con nº de registro anterior a la contestación al recurso del día 7, pero se dice que la resolución la adopto el día 5, en lo que parece, un burdo intento de demostrar que fue anterior a nuestro Recurso. (Como 10 o 15 minutos después de recibido el Fax, ¡¡se personó el Policía Municipal de Chozas de Canales!!, en nuestras oficinas de Toledo para hacer entrega de los originales de los mismos documentos.) (Doc_21).

  • El fatídico día 8 de Noviembre de 2007, con un acta (Doc_22) ya preparada con anterioridad, es decir, sin importar la realidad de los acontecimientos que sucedieran y sin recoger en él, el como y el qué, se precinta, el Ayuntamiento procedió, por orden del Alcalde, al mencionado precinto, desde nuestro punto de vista, de forma Injusta, dolosa, intencionada, con mala fe y siendo conocedor de ello el propio Alcalde. De esta forma es puesto de manifiesto ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo solicitando el levantamiento del precinto, y con la Reserva de las acciones judiciales, tanto civiles como Penales, que nos correspondan para la reclamación de la pérdida patrimonial que nos produce y la reclamación de responsabilidad Penal que pudiera existir.
(CONTINUA EN PAGINA SIGUIENTE)

LAMENTAMOS LOS PERJUICIOS, QUE AL IGUAL QUE NOSOTROS, SUFREN NUESTROS CLIENTES POR ESTA INJUSTIFICADA RESOLUCIÓN.

LAS ÓRDENES ADMINISTRATIVAS SON EJECUTIVAS, ES DECIR HAY QUE CUMPLIRLAS OBLIGATORIAMENTE, SEAN JUSTAS O NO, HASTA QUE RESUELVA EL JUEZ.

POR ESO, NO HEMOS TENIDO MÁS REMEDIO QUE ACATARLAS, PERO ESTAMOS EJERCIENDO NUESTRO DERECHO A LA DEFENSA ANTE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA, DE LO QUE CONSIDERAMOS, UN ABUSIVO E INJUSTIFICADO ACOSO AL QUE SE ESTÁ SOMETIENDO A ÉSTA, Y A OTRAS EMPRESAS DEL GRUPO Y POR CONSIGUIENTE CAUSANDO GRAVE PERJUICICIO DE DIFICIL O IMPOSIBLE REPARACIÓN, A LA EMPRESA Y A NUESTROS CLIENTES.

PARA CUALQUIER ACLARACIÓN O DUDA, CONTACTAR CON FRANCISCO GARCÍA EN EL TELÉFONO 925 28 21 55 o MOVIL 606 44 86 70


Pinche abajo para obtener el dossier completo de 90 folios.


PARTE 1

PARTE 2

PRENSA
1   2   3   4

FLOS INVERSORA, S.L. | INFORMACIÓN A CLIENTES | P.A.U. Z-12 (Chozas de Canales) | Actualización P.A.U. Z-12

Información de contacto:

Teléfono: 925 28 21 55
Fax: 925 22 32 86
Correo: flos@flosinversora.com